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Juguemos a ser jueces!!

Iniciado por A.K.A, 18 de Febrero de 2010, 20:03:44 PM

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Llanvier

Cita de: Ax3l en 18 de Febrero de 2010, 22:50:35 PM
Vamos a poner otro punto de vista aquí. Estamos hablando de una mujer que accede en mitad de la noche, con previo jugueteo, a visitar la casa de los padres de un conocido, a pasar al dormitorio y a desvestirse. Para cualquiera, eso es querer follar.

Luego, cuando se negó a follar por el coño el tío no insistió, sino que le dijo a la mujer con la que se había estado besando y acariciando, con la que estaban desnudos en la cama de la casa de sus padres mientras el resto (dos personas) dormía, que se la chupe.

Hasta aquí no veo nada raro ni amenazante. Primero: como dije, para cualquiera, llegar al dormitorio de una casa y desnudarse a medida que se besan y acarician, es querer follar, es consentir. Recordemos lo que es consentimiento:

1. m. Acción y efecto de consentir.
2. m. Der. Manifestación de voluntad, expresa o tácita, por la cual un sujeto se vincula jurídicamente.

María se negó al sexo vaginal y en ningún momento el acusado insistió ni forzó nada. Luego se le "ofreció" (no me gusta la palabra, pero bueno) practicar sexo oral. ¿Intimidación? ¿El tono de voz diferencia entre unas disculpas y 6 años de cárcel? No, ni tampoco hubo extorsión ni nada, sólo un peligro imaginario e infundado de la mujer.

Esa frase lo dice todo.

Ayssha

#31
Cita de: Ax3l en 18 de Febrero de 2010, 22:50:35 PM
Vamos a poner otro punto de vista aquí. Estamos hablando de una mujer que accede en mitad de la noche, con previo jugueteo, a visitar la casa de los padres de un conocido, a pasar al dormitorio y a desvestirse. Para cualquiera, eso es querer follar.

Luego, cuando se negó a follar por el coño el tío no insistió, sino que le dijo a la mujer con la que se había estado besando y acariciando, con la que estaban desnudos en la cama de la casa de sus padres mientras el resto (dos personas) dormía, que se la chupe.

Hasta aquí no veo nada raro ni amenazante. Primero: como dije, para cualquiera, llegar al dormitorio de una casa y desnudarse a medida que se besan y acarician, es querer follar, es consentir. Recordemos lo que es consentimiento:

1. m. Acción y efecto de consentir.
2. m. Der. Manifestación de voluntad, expresa o tácita, por la cual un sujeto se vincula jurídicamente.

María se negó al sexo vaginal y en ningún momento el acusado insistió ni forzó nada. Luego se le "ofreció" (no me gusta la palabra, pero bueno) practicar sexo oral. ¿Intimidación? ¿El tono de voz diferencia entre unas disculpas y 6 años de cárcel? No, ni tampoco hubo extorsión ni nada, sólo un peligro imaginario e infundado de la mujer.

Pero es que habla de consentimiento a la hora de tener relaciones sexuales, es indiferente lo que lo haya "calentado" previamente. Si se ha probado de alguna forma, que intento forzarla a tener relaciones sexuales, ya estamos hablando de tentativa de violación (la "tiró" sobre la cama, y la obligó a tener que ponerse las manos para que no la penetrara), y si ella se siente forzada, ya sea por un peligro real, tácito o infundado, no existe consentimiento real.

A.K.A, sobre lo que dices de las circunstancias atenuantes, lo había pensado, por eso he comentado lo de las apelaciones y lo del "dolo". Lo que está claro es que el primer Tribunal que vio el caso, condenó al chico, acertar con la pena me parece casi imposible, porque la leye establece márgenes y son los jueces los que, individualmente, establecen la penas.

Si admitimos que el chico actúo bajo la influencia del alcohol, podría rebajar la pena, pero sus dos años no se los quita nadie... Aunque quizás no llegó a entrar en prisión si no tenía antecedentes.

A.K.A

#32
Cita de: Ax3l en 18 de Febrero de 2010, 22:50:35 PM
Vamos a poner otro punto de vista aquí. Estamos hablando de una mujer que accede en mitad de la noche, con previo jugueteo, a visitar la casa de los padres de un conocido, a pasar al dormitorio y a desvestirse. Para cualquiera, eso es querer follar.

Luego, cuando se negó a follar por el coño el tío no insistió, sino que le dijo a la mujer con la que se había estado besando y acariciando, con la que estaban desnudos en la cama de la casa de sus padres mientras el resto (dos personas) dormía, que se la chupe.

Hasta aquí no veo nada raro ni amenazante. Primero: como dije, para cualquiera, llegar al dormitorio de una casa y desnudarse a medida que se besan y acarician, es querer follar, es consentir. Recordemos lo que es consentimiento:

1. m. Acción y efecto de consentir.
2. m. Der. Manifestación de voluntad, expresa o tácita, por la cual un sujeto se vincula jurídicamente.

María se negó al sexo vaginal y en ningún momento el acusado insistió ni forzó nada. Luego se le "ofreció" (no me gusta la palabra, pero bueno) practicar sexo oral. ¿Intimidación? ¿El tono de voz diferencia entre unas disculpas y 6 años de cárcel? No, ni tampoco hubo extorsión ni nada, sólo un peligro imaginario e infundado de la mujer.

Muy bien razonado Axel, la última parte es muy importante respecto a la intimidación, la intimidación para que haya de tenerse en cuenta como tal ha de ser objetiva, es decir, que un observador imparcial ex ante ante la misma situación también pudiera sentirse intimidado y lo que ocurre en este caso es claramente una intimidación subjetiva pues, teniendo en cuenta la edad de la joven 28 años, que ya conocía al acusado no se puede intimidar únicamente por el tono del joven, además el hecho de que hubiera personas en la casa no tiene por qué ir únicamente en contra del joven pues en casa de verdadero peligro para la joven podría haber solicitado ayuda. Con todo esto la intimidación bajo mi opinión y como también dejó claro el TS no puede tener se en cuenta y por tanto la violación queda descartada.

La discusión ahora sólo estaría entre si le condenamos por abuso sexual a 6-7 años o le dejamos libre, entiendo que ésto último es más complejo de ver si no se tiene unos conocimientos mínimos de Derecho pero entre los artículos que puse al principio dejé la clave.

Ayssha, ¿y si te digo que no fue a la carcel? ^^

Ayssha

Que no fuera a la cárcel no significa que no fuera condenado, como ya he dicho. Está claro, que si esos son los hechos probados, hay un delito de abuso sexual.

Mi sentencia final es que fue condenado por abuso sexual, pero que se admitió el haber consumido alcohol como circunstancia atenuante, lo cual redujo la pena a 2 años o menos, y al no tener antecedentes, no ingresó en prisión.

Ichigo ja

Ella iba provocando y es una puta, como todas. Habrá exagerado y fingido todo, para putear al tío por sabe Dios qué.

Inocente.
Alquilo espacio para publi.

Ayssha

Es curioso, soy la única que le condeno ¿será porque soy mujer? ;D

A.K.A

No señorita, cuando me refiero a que no fue a la carcel es debido a que no se le pudo imputar el delito de abuso sexual y no atendiendo a atenuantes que redujeran su condena, es que no fue condenado : ).


Por cierto el atenuante por ingesta de alcohol prácticamente nunca se reconoce, cosa que veo bastante lógica.

Ayssha

#37
Cita de: A.K.A en 18 de Febrero de 2010, 23:50:28 PM
No señorita, cuando me refiero a que no fue a la carcel es debido a que no se le pudo imputar el delito de abuso sexual y no atendiendo a atenuantes que redujeran su condena, es que no fue condenado : ).


Por cierto el atenuante por ingesta de alcohol prácticamente nunca se reconoce, cosa que veo bastante lógica.

¿El TS le declaró no-culpable? ¿Qué dijeron los otros Tribunales que vieron el caso (si los hubo)? ¿Y cuál fue el motivo exacto de la absolución?

Lo del alcohol lo sabía, pero había que probarse.

A.K.A

bueno ya que lo preguntas te explico la forma más bonita de resolver el caso. A la hora de resolver hay que estar a 2 partes:

Por un lado tenemos el tipo objetivo, donde se analizan los hechos probados y se estudia si se pueden encuadrar dentro de algún tipo penal.

Y por otro lado tenemos el tipo subjetivo, en esta parte analizamos el Dolo (según la doctrina actual del TS el conocimiento del acusado de os hechos que está llevando a cabo)

Si analizamos el dolo del autor veremos que el joven no tenía conocimiento de que la chica estaba realizando la felación de forma contraria a su voluntad pues la chica no lo manifestó, además de ello ambos salieron juntos de la casa y la joven no dijo nada, de los hechos probados no se desprende en ningún momento que el joven supiera que la mujer realizó dicha práctica sexual debido al tono utilizado y no a que lo hiciera por gusto.

Si no podemos apreciar dolo en el autor entonces estamos ante un error, recogido en el artículo 14, aquí cabe diferenciar entre errores evitables e inevitables, obviamente sería evitable dado qeu el joven podía haberle preguntado a la mujer si realizaba la felación coaccionada o por gusto (esto suena ridículo pero el error inevitable es para casos muy muy particulares), si nos vamos al artículo 14 veremos que el error evitable hace que el delito se entienda por IMPRUDENTE, lo curioso aquí es que NO EXISTE delito de abusos sexuales en modalidad imprudente por tanto no se le podría imputar el delito de abuso sexual y por tanto sería absuelto.

Como bien dices viniendo del TS es porque o bien recurrió el joven tras una sentencia condenatoria por abusos sexuales o también pudo hacerlo la joven.

Elegí este caso poruqe me pareció muy bonito y daba juego a la hora de resolverlo, aún así es algo complejo de primeras jeje. En vista que hemos llegado a las 3 páginas veo futuro a este jueguecito : )

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Jooooo, es más divertido ser juez en Texas.

Ax3l

#40
Cita de: Ayssha en 18 de Febrero de 2010, 23:26:39 PM
Cita de: Ax3l en 18 de Febrero de 2010, 22:50:35 PM
Vamos a poner otro punto de vista aquí. Estamos hablando de una mujer que accede en mitad de la noche, con previo jugueteo, a visitar la casa de los padres de un conocido, a pasar al dormitorio y a desvestirse. Para cualquiera, eso es querer follar.

Luego, cuando se negó a follar por el coño el tío no insistió, sino que le dijo a la mujer con la que se había estado besando y acariciando, con la que estaban desnudos en la cama de la casa de sus padres mientras el resto (dos personas) dormía, que se la chupe.

Hasta aquí no veo nada raro ni amenazante. Primero: como dije, para cualquiera, llegar al dormitorio de una casa y desnudarse a medida que se besan y acarician, es querer follar, es consentir. Recordemos lo que es consentimiento:

1. m. Acción y efecto de consentir.
2. m. Der. Manifestación de voluntad, expresa o tácita, por la cual un sujeto se vincula jurídicamente.

María se negó al sexo vaginal y en ningún momento el acusado insistió ni forzó nada. Luego se le "ofreció" (no me gusta la palabra, pero bueno) practicar sexo oral. ¿Intimidación? ¿El tono de voz diferencia entre unas disculpas y 6 años de cárcel? No, ni tampoco hubo extorsión ni nada, sólo un peligro imaginario e infundado de la mujer.
Pero es que habla de consentimiento a la hora de tener relaciones sexuales, es indiferente lo que lo haya "calentado" previamente. Si se ha probado de alguna forma, que intento forzarla a tener relaciones sexuales, ya estamos hablando de tentativa de violación (la "tiró" sobre la cama, y la obligó a tener que ponerse las manos para que no la penetrara), y si ella se siente forzada, ya sea por un peligro real, tácito o infundado, no existe consentimiento real.
No es indiferente. "No se indica que María se negase 'a chupársela'", eso lo dijiste tú, y ni siquiera se indica en ningún momento ninguna conversación o hecho que demuestre la no intención de María de tener sexo, sino más bien todo lo contrario, hasta el momento en que la mujer "expresó su negativa al tiempo que se tapaba el pubis con las manos", lo que no descarta el sexo oral.

Si se hubiese probado de alguna forma que intentó forzarla a tener relaciones sexuales lo diría expresamente en el mensaje. De otra manera sólo podemos atenernos a los hechos en vista, y el tono de voz de una propuesta no es suficiente para determinar una posible violación. Vamos, que estamos hablando de una mujer que cuando alguien le habló en "tono brusco y exigente" se vio TAN INTIMIDADA como para acceder a hacerle una felación, y todo por el miedo a la "POSIBLE PRESENCIA" del hermano y su amigo de una persona con la que se estuvo dándose besos y accedió a ir a su dormitorio le ataquen... En serio, si eso fuese lógico a mi me la hubiesen chupado mil veces, pero ni es lógico ni es suficiente como para establecer una intimidación y la falta de consentimiento.

Ax3l

Mierda, es lo que tiene responder mientras te distraen, para cuando terminas el post tiene 5 páginas más, ya no hay discusión y está hundido en la segunda página del foro...

Ayssha

#42
Lo que yo digo, mis profesores de Derecho estarían orgullosos de mí.  :roto2:

Brian

#43
Cita de: Ayssha en 18 de Febrero de 2010, 23:50:09 PM
Es curioso, soy la única que le condeno ¿será porque soy mujer? ;D

La única sí (en tal caso sobra la pregunta), el único no. Yo también le he condenado, aunque tirando a inocente viendo las "pruebas". Si por mi fuera, quedaría libre.


PD: Veo que al final se hizo justicia.

Ayssha

Cita de: Brian en 19 de Febrero de 2010, 00:23:35 AM
Cita de: Ayssha en 18 de Febrero de 2010, 23:50:09 PM
Es curioso, soy la única que le condeno ¿será porque soy mujer? ;D

La única sí (en tal caso sobra la pregunta), el único no. Yo también le he condenado, aunque tirando a inocente viendo las "pruebas". Si por mi fuera, quedaría libre.


PD: Veo que al final se hizo justicia.

Tú no lo has condenado, sino que has creído que la opción acertada al "acertijo" era ésa.